VIII OLIMPIADAS NACIONALES AGUSTINIANAS
Bogotá, Septiembre 30 a octubre 3
REGLAMENTO GENERAL
DE LOS OBJETIVOS
ARTICULO 1. Brindar por medio de la práctica deportiva bienestar, recreación,
esparcimiento, salud e integración a todos y cada uno de los participantes de
las VIII OLIMPIADAS NACIONALES
AGUSTINIANAS.
ARTICULO 2. Generar por medio del deporte la integración entre los COLEGIOS
AGUSTINIANOS DE COLOMBIA, creando conciencia de pertenencia e identidad
Agustiniana.
ARTICULO 3. Fomentar la práctica deportiva en cada uno de los estudiantes, como
medio para una sana utilización del tiempo libre y el fortalecimiento de los
valores Agustinianos.
PARTICIPANTES
ARTICULO 4. En el encuentro
participan los siete colegios Agustinianos de Colombia:
1.
Colegio Agustiniano
Floridablanca — Bucaramanga.
2.
Colegio Agustiniano
Palmira — Valle.
3.
Colegio Agustiniano
San Nicolás — Medellín.
4.
Colegio Agustiniano
Ciudad Salitre — Bogotá.
5.
Colegio Agustiniano
San Nicolás — Bogotá.
6.
Colegio Agustiniano
Suba — Bogotá.
7.
Colegio Agustiniano
Norte — Bogotá.
ARTICULO 5. Las Inscripciones se harán mediante el diligenciamiento de la planilla general de inscripción firmada
por el rector de cada colegio. Deben anotarse en ella todos los datos
solicitados, además de cumplir con los
requisitos establecidos en la invitación correspondiente. Se entiende y es
obligatorio que todos los jugadores
estén inscritos y matriculados en el colegio por el cual participan.
ARTICULO 6. Cada equipo podrá inscribir el máximo de jugadores acordado por el comité
organizador:
Ajedrez: Tres
por rama femenina y tres en la rama masculina.
Tenis de mesa: Tres por rama
femenina y tres en la rama masculina.
Natación: Cinco
por rama femenina y cinco en la rama masculina
Baloncesto: Máximo
12 por rama.
Microfútbol: Máximo 12
Fútbol: Máximo
20
Voleibol: Máximo
12 por rama.
Cada equipo podrá inscribir un delegado (rector o
coordinador de cada colegio), un director técnico y un asistente para cada
deporte.
ARTICULO 7. Fecha limite establecida para las inscripciones.
Planilla general por Colegio: 20 de junio de 2009.
Planillas por deporte: 18 de agosto de 2009.
Con todos los datos y documentos solicitados por
correo certificado. Avd. 116
No 60 — 50 Departamento de Educación Física.
De igual manera pueden realizarse las inscripciones vía
página web hasta Agosto 18 de 2009. En la dirección electrónica
www.agustinianonorte.edu.co
ARTICULO 8. Un estudiante podrá participar en dos o más disciplinas deportivas ya
sea deporte individual o de conjunto, sin excluir su grado de escolaridad, bajo
la responsabilidad de cada una de las delegaciones.
DE LOS PARTICIPANTES
ARTICULO 9. El documento oficial es el carné de las VIII OLIMPIADAS NACIONALES
AGUSTINIANAS firmado y sellado por el comité organizador, y debe portarse obligatoriamente
durante el transcurso del certamen. Ningún otro documento o certificación
podrán remplazarlo, de igual manera se debe presentar el carnet de la EPS.
La reposición por extravío o pérdida de este
documento, se efectuará solamente a través del rector del colegio presentando
solicitud escrita al comité organizador.
Por ningún motivo se autorizará a los jugadores o
equipos, disputar un partido si no acreditan el documento oficial a menos que
tenga autorización del comité organizador previa verificación en la planilla
oficial de inscripción.
ARTICULO 10. Cada colegio participante, nombrará por intermedio de quien
corresponda, un delegado institucional. Los delegados de los colegios
participantes son el conducto regular entre su equipo y las autoridades del
torneo, gozan de plena autonomía para las decisiones a que haya lugar y deberán
hacerse presentes obligatoriamente en el CONGRESO TÉCNICO el día 30
de Septiembre a las 4:00 p.m. en el Colegio Agustiniano Ciudad Salitre y en
las reuniones citadas por el comité organizador. La no asistencia de uno o
varios delegados, no les exime de aceptar las decisiones y recomendaciones que
allí se presenten y tomen.
ARTICULO 11. Toda solicitud o trámite, que desee realizarse ante el Comité
Organizador o el Tribunal Deportivo y Disciplinario; deberá presentarse por
escrito y venir firmada por el Delegado Oficial del Colegio; además se debe
radicar en un tiempo máximo de dos horas luego de finalizado el encuentro. El
comité organizador y el Tribunal Disciplinario se abstendrán de estudiar o
tramitar cualquier solicitud que no cumpla con los requisitos establecidos.
El Tribunal disciplinario para tramitar cualquier
solicitud debe tener: Informe del veedor del partido, planilla de juego,
informe de los jueces, solicitud presentada al coordinador del deporte
respectivo, quien la presentará al comité organizador.
ARTICULO 12. Los equipos deben presentarse a los campos de juego correctamente
uniformados, con la numeración reglamentaria para cada deporte. No podrá haber
números repetidos en un mismo equipo y cada deportista debe jugar con el mismo número
durante todo el certamen, en caso de uniformes parecidos, se decidió que todos
los equipos de conjunto tendrán una camiseta adicional cumpliendo con los
mismos parámetros del uniforme anterior.
HORARIOS Y CALENDARIO DE JUEGO.
ARTICULO 13. La fijación de horarios y escenarios para los partidos son competencia
del comité organizador y del comité deportivo, y serán dados a conocer durante
el congreso técnico con la programación general del encuentro.
Los encuentros deportivos se llevarán a cabo en los
Colegios AGUSTINIANO NORTE, AGUSTINIANO CIUDAD SALITRE y UNIVERSIDAD
AGUSTINIANA.
No se aplazarán partidos a menos que la organización
lo considere estrictamente necesario.
ARTICULO 14. Para aplicar el W.O. o la no presentación se esperan 15 minutos a
partir de la hora programada.
Se mantiene la disposición de 15 minutos de espera
sobre la hora programada, aun si el partido anterior sufre retardo en su
finalización. En este caso el juego debe comenzar inmediatamente el campo este libre.
Los equipos están en la obligación de esperar al
árbitro 15 minutos después de la hora programada.
ARTICULO 15. Se considerará W.O. la no presentación o la presentación incompleta de
un equipo a un partido en la hora, fecha y campo asignado por el Comité
Organizador del Encuentro, el retiro de la cancha una vez iniciado el partido,
la alineación irregular, la suplantación, la falta de garantías, presentarse
sin uniforme o documentos oficiales.
ARTICULO 16. Cualquier partido que no pueda realizarse o terminarse, se programará
lo antes posible por el Comité Organizador y a los equipos y jueces se les
informará acerca del mismo. (Horarios tentativos 6:00 o 7:00 p.m.).
REGLAS DE JUEGO Y ARBITRAJES
ARTICULO 17. Las reglas de juego para cada deporte son las establecidas y
promulgadas por la Federación Internacional de cada Deporte, y, acogidas por la
Federación Colombiana de Cada Deporte y por el comité organizador y deportivo
de Ias VllI OLIMPIADAS NACIONALES AGUSTINIANAS.
ARTICULO 18. El juzgamiento del torneo estará a cargo de profesionales adscritos a
la liga de cada deporte debidamente reconocido por su nivel y con la asesoría
de los coordinadores de cada deporte y del comité deportivo.
ARTICULO 19. EL árbitro, es la suprema autoridad en el terreno de juego y en la
dirección de los encuentros. Sus fallos y decisiones son asuntos de hecho y en
cuanto a los resultados de los partidos son inapelables.
ARTICULO 20. Los árbitros no son recusables por los jugadores o equipos
participantes. El comité deportivo designará Veedores quienes presentarán el
respectivo informe de cada partido al coordinador de cada deporte, incluyendo
la actuación del árbitro, barras, jugadores y cuerpo técnico de cada equipo
según formato establecido por la organización.
ARTICULO 21. La organización del torneo no se hará responsable civil o penalmente,
por lesiones o accidentes que sufran los participantes del Encuentro Deportivo,
dentro o fuera del terreno de juego.
ARTICULO 22. Cuando el normal desarrollo de un partido sea entorpecido en su labor
arbitral con demostrada resistencia a cumplir órdenes por falta de garantías a
sus colaboradores por parte del delegado, técnico, suplentes, barras, jugador o
jugadores de uno o ambos equipos, el árbitro exigirá su retiro. Así mismo,
pedirá al delegado, técnico, capitán, efectiva colaboración para la correcta
culminación del partido.
Si su solicitud no es atendida satisfactoriamente, el
árbitro suspenderá el partido por falta de garantías, así mismo, lo hará si se
presenta inmovilidad o renuncia al juego por retiro voluntario de los jugadores
o en caso de agresión contra él o sus colaboradores.
El equipo que cometa la falta perderá por w. o. con
las consecuencias que esto conlleva, sin perjuicio de cualquier otra sanción
que imponga el tribunal disciplinario.
Si son ambos los equipos involucrados en la falta, se
les aplicará lo dispuesto en este artículo.
Durante el desarrollo de los partidos, los capitanes
serán los únicos jugadores autorizados, para dirigirse al árbitro. Serán junto
con el técnico y el delegado responsables del comportamiento de sus compañeros,
barras y asistentes.
ARTICULO 23. Los veedores de
cada deporte deben recoger las planillas de los jueces, verificando que estén
bien diligenciadas, observando si hay algún informe y/o reclamación e
informando el resultado del encuentro al comité de publicidad e información.
ARTICULO 24. Antes del inicio del partido los árbitros deben:
Recibir y relacionar los carnés de los jugadores que
disputarán el partido. Antes del encuentro deberán estar relacionados todos los
jugadores del equipo. Una vez empezado el partido no podrá jugar ningún jugador
que no haya sido inscrito en la planilla por el técnico o por el delegado.
Examinar los uniformes de los jugadores, a fin de
establecer que no signifiquen peligro para la integridad física de los
jugadores.
Determinar la ubicación del banco de suplentes de cada
equipo, donde sólo podrán permanecer los jugadores suplentes y el cuerpo
técnico.
CÓDIGO DE PENAS Y SANCIONES
ARTICULO 25. Las sanciones se
producirán como consecuencia de las faltas que
se enumeran a continuación y el Comité Organizador las aplicará así:
a. Amonestación
del jugador (sin expulsión) por cualquier causa:
SANCIÓN: La
amonestación se hará por cualquier conducta irregular de un jugador dentro o
fuera del juego. La acumulación de dos amonestaciones dará lugar a la
suspensión del jugador para el siguiente
partido, sin perjuicio de sanciones posteriores de acuerdo con el informe
arbitral y del veedor.
b. Expulsión
del jugador.
SANCIÓN: La
sanción por expulsión de un jugador dará lugar a una fecha de suspensión automática, será determinada por el Tribunal Disciplinario
y se comunicará al equipo por intermedio de su delegado o director técnico, por
medio del boletín oficial .
c. Expulsión
del jugador por:
• Actos de violencia agresión
física, riñas o lesiones contra árbitro, veedor, jugadores, espectadores o
directivos.
• Gresca generalizada.
SANCIÓN: En
este caso, se generará la expulsión del jugador del equipo y del torneo con
informe al rector del colegio al que pertenezca, sin prejuicio de las acciones
legales correspondientes que pueda iniciar el comité organizador. Toda
expulsión será reportada por el árbitro, adjuntando el carné y explicando los
motivos.
ARTICULO 26. El dirigente, director técnico, delegado, suplentes y las barras quedan
sometidos a las mismas sanciones, en caso de incurrir en las faltas que trata
el artículo anterior.
ARTICULO 27. El jugador que este sancionado y sea alineado para el siguiente juego,
será expulsado del torneo y su equipo quedará eliminado.
ARTICULO 28. El daño en las instalaciones o cosa ajena en forma premeditada, el uso
de bebidas embriagantes, estupefacientes o porte de armas en los campos
deportivos, por parte del director técnico, delegado jugadores o barras (padres
de familia, alumnos, acompañantes, etc.) serán causales de expulsión del torneo
y darán lugar a las acciones legales correspondientes.
RECLAMACIONES Y DEMANDAS
ARTICULO 29. Como demanda se entiende, la actuación que persigue la nulidad de un
partido o fallo sobre los puntos, diferente del resultado obtenido anotado en
la planilla de juego. Las demás peticiones que persigan otros objetivos, serán
considerados como reclamaciones.
ARTICULO 30. Toda demanda, reclamación debe presentarse por escrito al Comité
Organizador, firmada por el delegado del equipo participante acompañada de las
pruebas en las cuales fundamenten los hechos de la demanda, una vez finalizado
el encuentro que la motiva.
ARTICULO 31. Para que la demanda sea estudiada, el demandante debe presentar el
texto de la demanda en el término de dos horas luego de finalizado el encuentro,
entregándola personalmente al coordinador del deporte respectivo en el formato
acordado por el comité deportivo.
AUTORIDADES DEL TORNEO
ARTICULO 32. El comité organizador estará conformado por los R. P. rectores y
coordinadores de los Colegios Agustinianos de Bogotá y por los Jefes de
Departamento del Área de Educación Física de los mismos Colegios.
ARTICULO 33. El Tribunal Deportivo y Disciplinario: Estará conformado por siete
personas: R.P. Juan José Gómez Gómez, R.P. Carlos Villabona, R. P. Álvaro Mora, R.P. Antonio Abecia, y los
profesores Jimmy Salas, William Torres,
Sebastián Pulido y Julio César Guerra. Este Tribunal es el encargado de aplicar las
sanciones basadas en los informes del cuerpo arbitral, de los coordinadores
de cada deporte y de los veedores, ciñéndose en el Código de penas y sanciones
establecido en este reglamento.
También es el responsable del trámite de las demandas
o reclamaciones para lo cual exigirá la presentación de las pruebas,
testimonios y documentos que considere necesarios para emitir el fallo.
NOTA: Los fallos del Tribunal Deportivo y Disciplinario no tienen recurso
alguno.
ARTICULO 34. Veedor. En cada partido del torneo que se lleve a cabo habrá un
veedor designado por el Comité Deportivo y el coordinador de cada deporte,
quien estará presente durante todo el partido presentándose a los árbitros y
entrenadores de cada equipo antes de iniciar el encuentro deportivo y
entregando el informe al coordinador del deporte una vez finalizado cada
encuentro . Su función principal es velar por el cumplimiento del reglamento
general y ser mediador y colaborador ante cualquier eventualidad que se
presente.
PREMIACIÓN DISPOSICIONES GENERALES.
ARTICULO 35. Los premios para los participantes estarán sujetos a los criterios del
Comité Organizador y al número de equipos participantes en cada campeonato.
Se premiará a los jugadores con medallas para el
campeón, subcampeón y tercer lugar y con trofeos para los mismos lugares para
los colegios ganadores en cada deporte.
Trofeo para el colegio ganador de las olimpiadas.
De igual forma placa de participación para cada uno de
los colegios, y trofeos a los goleadores, valla menos vencida, encestadores y
trofeo al juego limpio.
ARTICULO 36. Comité deportivo lo conforman los Jefes de Departamento de Educación
Física de los Colegios Agustinianos de Bogotá.
ARTICULO 37. Los casos no contemplados en el presente reglamento de participación,
serán aclarados el día del congreso técnico por el comité organizador y
deportivo.
ARTICULO 38. El reglamento y la programación de cada deporte se darán a conocer en
el Congreso Técnico.
Bogotá,
Septiembre 23 / 09.